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El CNA no forma parte del Gobierno. Es una instancia de sociedad civil con personería jurídica, duración indefinida y patrimonio propio, dedicada a prevenir, disuadir y combatir la corrupción en Honduras.

 

Consejo Nacional Anticorrupción (CNA)
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Pronunciamiento sobre las rotaciones en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

PRONUNCIAMIENTO

 

El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), ante las alertas de algunos sectores sobre pretensiones continuistas amparadas en intenciones de reformas al reglamento interno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se pronuncia de la siguiente forma:

 

  1. Al término de su primer año en funciones, este 17 de febrero de 2024 se deben realizar las rotaciones en la presidencia y coordinaciones de las Salas de la Corte Suprema de Justicia, de conformidad a lo establecido en el oficio PCSJ No. 92-2023.

 

  1. Sin embargo, el CNA conoció de intenciones oscuras que buscan modificar la normativa vigente para impedir la alternabilidad en dichas Salas, irrespetando lo contemplado en el artículo 16 del reglamento interior de la CSJ.

 

  1. La disposición contenida el artículo 16, segundo párrafo, es una norma que coloca en igualdad de condiciones a cada uno de los quince (15) magistrados que integran las salas, otorgándoles la facultad de ocupar la presidencia (en el caso de la Sala Constitucional) y las coordinaciones de las Salas Civil, Penal y Laboral- Contencioso Administrativo.

 

  1. Siendo que la Sala de lo Constitucional desempeña un rol preponderante para la vida democrática, la tutela judicial efectiva y seguridad jurídica del Estado como intérprete último y definitivo de la Constitución, queda claro que con estas intenciones continuistas se busca mantener la pasividad y el silencio cómplice de la actual presidenta de esta Sala, que a la fecha no se ha pronunciado ante los recursos de inconstitucionalidad presentados.

 

  1. Está claro que efectuar reformas previo a las rotaciones dejaría en evidencia las intenciones de imponer comportamientos orientados al continuismo por parte del gobierno de turno, como práctica tradicional de controlar el poder público, situación que en el pasado reciente fue criticado por quienes hoy llevan las riendas del país.

 

  1. Por consiguiente, es una necesidad imperiosa que los actuales magistrados no cedan ante las presiones que se puedan efectuar para reformar su reglamento interior y que impidan la alternabilidad, pues están llamados a ser garantes de la independencia institucional e individual que les asiste por ley.

 

 

 

Lunes 29 de enero de 2024